Jubilación parcial
Nombre del procedimento | ||||||||||||||||
Jubilación parcial |
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Objeto | ||||||||||||||||
Concesión jubilación parcial al personal laboral del ámbito de los servicios generales al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (NO PERSONAL LABORAL DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS) |
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Normativa reguladora | ||||||||||||||||
Artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
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Plazo máximo para resolver y notificar | ||||||||||||||||
6 meses |
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Efectos del silencio | ||||||||||||||||
Estimatorio |
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Órgano competente para resolver | ||||||||||||||||
Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas |
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Forma de iniciación | ||||||||||||||||
A instancia de parte. | ||||||||||||||||
Fin de la vía administrativa | ||||||||||||||||
Sí | ||||||||||||||||
Requisitos | ||||||||||||||||
Para acceder a la jubilación parcial los trabajadores han de reunir dos tipos de requisitos: Disposició Transitoria vigesima Ley 27/2011 de 1 de agosto - Específicos: a) Exigidos a los trabajadores que acceden por el régimen ordinario: - Edad mínima y período de carencia
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Observaciones | ||||||||||||||||
Los trabajadores que quieran acojerse a la jubilación parcial lo han de solicitar a través de la Consejería correspondiente y con una antelación mínima de 3 meses a la fecha prevista de la jubilación. |
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Tramitació | ||||||||||||||||
Documentación: Según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Dirección General de Función Pública, consultará o solicitará los siguientes documentos y datos: consulta de nacimiento, consulta de datos de identidad. Además se ha de aportar un informe de vida laboral. Y si la solicitud la tramita el/la representante de la persona interesada se ha de aportar una fotocopia del documento acreditativo de la representación si ésta no es mediante el REA. En caso de oponerse a la consulta de los datos y documentos necesarios para la tramitación de esta solicitud se ha de aportar la siguiente documentación:
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Lugar para la presentación de la solicitud: En el registro de la Consejería a la que pertenezca la persona interesada, o también en cualquera de las formas que prevee el artículo 10 de la Ley 39/2015. | ||||||||||||||||
Órgano competente para la tramitación: Servicio de Gestión de Personal Laboral y Acción Social. |