Nombre del procedimiento |
Expedición de certificados de Registro. |
Objeto |
Expedición de certificados de cualquier dato que conste en el Registro General de Personal. Estos certificados se pueden dividir en los siguientes tipos:
- Certificados de servicios prestados.
- Certificados de comisiones de servicios.
- Certificados de servicios previos.
- Certificados del expediente de personal.
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Normativa reguladora |
- Capítulo IV de Título IV de la Lei 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 03-04-2007).
- Artículo 14 del Decreto 46/1995, de 4 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Personal (BOIB núm 61, de 13-05-1995).
- Artículo 4 del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública (BOE núm. 159, de 05-07-1982).
- Artículos 50 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 03-04-2003).
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Plazo máximo para resolver y notificar |
6 meses |
Efectos del silencio |
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Órgano competente para resolver |
- Certificado de servicios previos: consejero/a competente en materia de función pública. Actualmente delegado en la directora general de Función Pública, por Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 24 de febrero de 2021 por la que se delegan competencias en materia de gestión de personal (Boib núm. 31 de 4 de marzo de 2021).
- El resto de Certificados: El/la jefe/a del Servicio y el/la jefe/a de la Sección I del Registro General de Personal, de acuerdo con la Orden de la consejera de Administraciones Públicas de 4 de agosto de 2014 (BOIB núm. 109, de 14-08-2014).
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Forma de iniciación |
A instancia del interesado o de oficio (a petición de otras unidades administrativas, órganos, consejerías o entes de derecho público competentes). |
Fin de la vía administrativa |
Sí |
Observaciones |
Se pueden solicitar por vía ordinaria mediante escrito o por vía digital en la página Web: portaldelpersonal.caib.es, entrando en Certificados de registro, solicitud de certificados. |
Tramitación |
Solicitud |
Lugar para la presentación de la solicitud: en el registro de la consejería a la que pertenece la persona interesada, o también en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015. |
Órgano competente para la tramitación: Servicio de Registro de Personal. |
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