Nombre del procedimiento |
Solicitud de anticipo VIAP hasta el 100% de la retribución líquida mensual |
Objeto |
El personal funcionario o laboral que no haya estado dado de alta en nómina, podrá solicitar un anticipo por un importe máximo de una mensualidad líquida, que será reintegrado totalmente al tiempo del pago de la primera nómina. |
Normativa reguladora |
Autonómica
Artículo 69.1 del Decreto 75/2004 de 27 de agosto.
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Forma de iniciación |
A instancia de parte. |
Tramitación |
Lugar para la presentación de la solicitud: en el registro de la consejería a la que pertenece la persona interesada, o también en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015. |
Órgano competente para la tramitación: Servicio de Retribuciones |