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Convocatoria de subvenciones para el apoyo a los recursos técnicos de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) de las Illes Balears para el año 2023

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a iniciativas impulsadas por organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) de las Islas Baleares, orientadas a la financiación de gastos de asistencias técnicas que faciliten su participación en proyectos solidarios. La dimensión y el grado de profesionalización de las ONGD es diverso, y existen entidades que carecen de la capacidad económica suficiente para disponer la contratación de personal técnico o para ejecutar determinados gastos. en este marco, la dirección general de cooperación publica esta convocatoria de subvenciones destinada al apoyo económico y refuerzo de estas entidades, a fin de facilitar el desarrollo de sus funciones.

Código SIA

2983902

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que establece esta convocatoria las ONGD inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de las Islas Baleares que no dispongan de personal técnico contratado de forma estable, ni a la sede de la entidad ni, si es el caso, a su delegación en las Islas Baleares, como mínimo, en el último año anterior a la publicación de esta convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones dictadas en este procedimiento, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y tienen que fijar, en el caso de la concesión la cuantía de la subvención concedida. De acuerdo con el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, se tienen que publicar en el web http://dgcooper.caib.es, en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

a) Estar inscritas en el Registro de ONGD de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018. Es necesario que la constitución legal de la entidad y la presencia efectiva en las Islas Baleares se hayan producido al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria. A efectos de lo establecido respecto al requisito de la antigüedad que deben acreditar las entidades beneficiarias, en el caso de sucesión de entidades debe respetarse la antigüedad originaria de la entidad, siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.

b) No disponer de personal técnico contratado de forma estable, ni en la sede de la entidad ni, en su caso, en su delegación en las Islas Baleares, como mínimo, en el último año anterior a la publicación de esta convocatoria.

c) Haber justificado suficientemente las subvenciones o ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears, en su caso.

d) No estar incursas en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o en ningún procedimiento sancionador.

e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentación a presentar

Con la solicitud, las ONGD solicitantes deben presentar la siguiente documentación:

a) Declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (debe tener la titularidad la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es.. En caso de que las cuentas ya estén de alta en la Comunidad Autónoma, basta con especificar en cuál se debe realizar el pago.

b) En el caso de las fundaciones, documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

c) Un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que está al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración de el Estado, en caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente en la solicitud la autorización para que se compruebe de oficio.

d) De acuerdo con los modelos normalizados disponibles en la web http://dgcooper.caib.es., las siguientes declaraciones responsables:

⸰ De cumplimiento de las obligaciones que establecen para las entidades beneficiarias el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, el artículo 21 del Decreto 15/2018 y esta convocatoria.

⸰ De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de acuerdo con la normativa aplicable, y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

⸰ De disponer de la organización, estructura técnica y capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento que se publica la convocatoria.

⸰ De todas las ayudas y subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se hayan concedido a la entidad.

e) Un organigrama actualizado de la ONGD solicitante y la composición de su órgano directivo. En el organigrama debe especificarse la estructura organizativa personalizada y debe indicarse, si procede, el tipo de relación con la entidad (si se trata de personal voluntario o remunerado y, en este caso, contratado para actuaciones determinadas o de forma estable), así como la categoría profesional de cada una de las personas contratadas de forma estable.

f) Declaración responsable de no disponer de personal técnico contratado de forma estable, ni en la sede de la entidad ni, en su caso, en su delegación en las Islas Baleares, como mínimo, en el último año anterior a la publicación de esta convocatoria. El órgano instructor podrá requerir a la entidad la documentación que así lo acredite.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (hasta el 22 de junio)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado una solicitud en esta convocatoria de subvenciones.

Especificar el núm. de registro al que se tiene que adjuntar este trámite o el núm. de expediente al que se tiene que incorporar la documentación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Justificación del proyecto

Requisitos

Las subvenciones otorgadas se tienen que justificar mediante la modalidad de cuenta justificativa, con la relación numerada y correlativa de las facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente, con indicación de la cuantía en euros y del concepto correspondiente a cada factura, según el modelo facilitado por la Dirección general de Cooperación en el web http://dgcooper.caib.es.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para justificar las subvenciones concedidas finaliza el día 31 de julio de 2024.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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