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Convocatoria de subvenciones para apoyar los recursos técnicos de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) de las Illes Balears para el año 2026

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a iniciativas impulsadas por organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) de las Illes Balears, para financiar gastos de asistencia técnica que faciliten su participación en proyectos solidarios.

Código SIA

3296675

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que establece esta convocatoria las ONGD inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de las Illes Balears que no dispongan de personal técnico contratado de manera estable, ni en la sede de la entidad ni, en su caso, en la delegación en las Illes Balears, como mínimo durante el último año anterior a la publicación de esta convocatoria..

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones dictadas en este procedimiento, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y tienen que fijar, en el caso de la concesión la cuantía de la subvención concedida. De acuerdo con el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, se tienen que publicar en la web http://dgcooper.caib.es, en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

a) Estar inscritas en el Registro de ONGD de las Illes Balears, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 del Decreto 13/2026. Es necesario que la constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Illes Balears se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria. A efectos de acreditar este requisito de antigüedad, en el caso de sucesión de entidades se respetará la antigüedad originaria de la entidad, siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.

b) No disponer de personal técnico contratado de manera estable, ni en la sede de la entidad ni, en su caso, en la delegación en las Illes Balears, como mínimo durante el último año anterior a la publicación de esta convocatoria.

c) En el caso de haber recibido subvenciones o ayudas del Gobierno de las Illes Balears anteriormente, haberlas justificado de manera adecuada.

d) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas ni a ningún procedimiento sancionador.

e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

Documentación a presentar

Con la solicitud, las ONGD solicitantes deben presentar la siguiente documentación:

a) Si la cuenta corriente no está dada de alta en la CAIB, una declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (cuya titularidad corresponderá a la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en el web http://dgcooper.caib.es. En el supuesto de que haya varias cuentas dadas de alta en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, deberá especificarse en cuál se ha de realizar el pago.

b) En el caso de las fundaciones, el documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

c) Un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en que conste que está al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias ante la Administración del Estado, en el supuesto de que la entidad solicitante deniegue expresamente en su solicitud la autorización para la comprobación de oficio de esta información.

d) Las declaraciones responsables que se indican a continuación, de acuerdo con los modelos normalizados disponibles en el web http://dgcooper.caib.es:

· De cumplir las obligaciones que establecen para las entidades beneficiarias el artículo 11 del texto refundido de la Ley de subvenciones, el artículo 51 del Decreto 13/2026 y esta convocatoria.

· De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de acuerdo con la normativa aplicable, y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

· De las ayudas y las subvenciones que se hayan solicitado a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, o que se hayan concedido a la entidad, que tengan relación con la solicitud.

e) Una declaración responsable de no disponer de personal técnico contratado de manera estable, ni en la sede de la entidad ni, en su caso, en la delegación en las Illes Balears, como mínimo durante el último año anterior a la publicación de esta convocatoria. El órgano instructor podrá requerir a la entidad la documentación que lo acredite.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (hasta el 23 de octubre de 2026)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aceptación o renuncia de la subvención / Desistimiento de la solicitud

Requisitos

Tanto el desistimiento de la solicitud como la aceptación de la propuesta de subvención o la renuncia de la subvención se tienen que llevar a cabo de manera expresa mediante este trámite específico.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Diez días hábiles, desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva, para aceptar la subvención o renunciar a ella.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado una solicitud en esta convocatoria de subvenciones.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Justificación del proyecto

Requisitos

- Las subvenciones otorgadas deberán justificarse mediante la modalidad de cuenta justificativa, con la relación numerada y correlativa de las facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente, con indicación de la cuantía en euros y del concepto correspondiente a cada factura, según el modelo facilitado por la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo en el web http://dgcooper.caib.es.

- La documentación justificativa del gasto efectuado deberá presentarse por medios electrónicos, junto con el correspondiente justificante de pago.

- Los gastos que se imputen a la subvención deberán haberse producido entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027. Los gastos producidos fuera de este plazo no serán elegibles.

Documentación a presentar

- Cuenta justificativa

- Justificantes de los gastos

- Justificantes de los pagos

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para justificar las subvenciones concedidas finaliza el día 30 de septiembre de 2027.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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