Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

BONO SOCIAL TÉRMICO

Ayuda económica que la administración abona anualmente a las personas en situación de vulnerabilidad para a compensar los costes de gas, de calefacción, agua caliente o cocina.

Código SIA

2651240

Personas destinatarias

Todas aquellas personas que eran beneficiarias del Bono Social Eléctrico en fecha 31 de diciembre del año anterior.

Plazo máximo para la resolución y notificación

No existe plazo.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Para ser perceptor del Bono Social térmico no se tiene que presentar ninguna solicitud, el único requisito es ser beneficiario del bono social eléctrico en fecha 31 de diciembre del año anterior. Así mismo, para recibir la ayuda económica hay que aportar el impreso de veracidad de datos bancarios como se especifica en el apartado "trámites" de esta página.

Si queréis renunciar al bono social térmico, tendrá que aportar el impreso de la renuncia debidamente rellenado.

Nota: una vez presentada la Declaración de datos bancarios para el Bono Social Térmico no es necesario aportarla cada año, salvo que haya un cambio de cuenta bancaria. En este caso, tendrá que presentar un nuevo documento de Declaración de datos bancarios.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Asuntos Sociales

Trámites

X

TRÁMITE DE DECLARACIÓN DE DATOS BANCARIOS

Requisitos

- Ser beneficiario del Bono Social Eléctrico en fecha 31 de diciembre del año anterior.

Documentación a presentar

Modelo cumplimentado de declaración de veracidad de datos bancarios.

Modelos:

Plazo máximo

12 de agosto de 2022

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Servicios Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200

(botermic@dgsersoc.caib.es)

X

Renuncia al Bono Social Térmico

Requisitos

- Ser beneficiario del Bono Social Eléctrico en fecha 31 de diciembre del año anterior.

Documentación a presentar

Imprès de renúncia.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

No hay plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200

(botermic@dgsersoc.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Asuntos Sociales

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar