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Ayuda para la adquisición de Gasóleo Agrícola, 2026

Ayudas para compensar el encarecimiento del precio del gasóleo adquirido por los productores agrarios provocado por la guerra en el Oriente Medio , 2026

Código SIA

3298015

Personas destinatarias

Titulares de explotaciones prioritarias y beneficiarios acreditados de las ayudas de PCs y PCMON de la PAC

Plazo máximo para la resolución y notificación

Hasta el día 30 de diciembre de 2026

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución del Presidente del FOGAIBA del día 03 de septiembre de 2026
    Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la cual se convocan ayudas, para el año 2026, para compensar el encarecimiento del precio del gasóleo adquirido por los productores agrarios provocado por la guerra en Oriente Medio

Trámites

X

Solicitud de ayuda y pago

Requisitos

Haber adquirido fertilitzantes entre el 20 de febrero de 2026 y el 30 de junio de 2026

Documentación a presentar

a) NIF de la persona solicitante, en caso de que sea persona jurídica.

b) Documentación acreditativa de la representación con que se firma la solicitud, si procede.

c) Facturas de gasóleo agrario adquirido dentro del periodo subvencionable que recojan el detalle del carburante adquirido, así como el número de litros suministrados, y que reúnan los requisitos y las formalidades que establece el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE n.º 289, de 1 de diciembre de 2012).

Este documentación permanecerá a disposición de la Agencia Tributaria y de la Consellería de Economía, Hacienda e innovación para la realización de cualquier control que se considere oportuno efectuar.

d) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, se tiene que aportar el siguiente:

* NIF de la agrupación.

* Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que han subscrito todos los miembros.

* Documento subscrito por todos los miembros de la agrupación en que se hagan constar expresamente los compromisos de ejecución que asume cada cual.

* En caso de que alguno de los asociados sea una persona jurídica, documento de autorización hacia el lo FOGAIBA para la comprobación de los NIF de los miembros de la agrupación.

* Documento subscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver la agrupación hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción que prevé el artículo 24 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

* Nombramiento de un representante o de un apoderado único de la agrupación con poder suficiente para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria.

e) En caso de subvenciones de importe superior a los 30.000,00 € y para personas solicitantes diferentes de las entidades de derecho público, que tengan ánimo de lucro y que estén sujetos a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre:

* Si son personas físicas o jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable, pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviado, certificación subscrita por la persona física o, en el caso de las personas jurídicas, por el órgano de administración o equivaliendo, con poder de representación suficiente, en la cual afirmen que logran el nivel de cumplimiento de los plazos de pago que prevé la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de acuerdo con el modelo que figura en la página web del FOGAIBA. En caso de tramitación electrónica de la solicitud, este certificación ya está incorporada al trámite telemático correspondiente.

Este certificación tiene el efecto que prevé el artículo 23 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado pelo Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

* Si son personas jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable, no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviado, certificación o informe emitido por un auditor inscrito en el Registro oficial de auditores de cuentas, en los términos que prevé el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) Si procede, de acuerdo con el segundo párrafo del punto 1.a.2) del apartado tercero, documentación acreditativa de haber hecho el reembolso del préstamo o puesto fin a la garantía, en caso de haber recibido ayuda de salvamento, o de no estar sujeto en un plan de reestructuración, en caso de haber recibido ayuda de reestructuración.

Plazo máximo

Hasta el día 30 de diciembre de 2026

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ayudas Ocms y Ajudas del Estado

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176551 - Fax: 971176871

(miquel.rossello@fogaiba.caib.es)

X

Enmienda de la solicitud

Requisitos

Haber sido requerido para enmendar la solicitud

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles desde la notificación del requerimiento de enmienda

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ayudas Ocms y Ajudas del Estado

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176551 - Fax: 971176871

(miquel.rossello@fogaiba.caib.es)

X

Presentación de documentación

Requisitos

Haber presentado solicitud de ayuda en este convocatoria

Documentación a presentar

Plazo máximo

Hasta la notificación de la resolución.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

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Servicio o Sección responsable

Servicio de Ayudas Ocms y Ajudas del Estado

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176551 - Fax: 971176871

(miquel.rossello@fogaiba.caib.es)

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Alegaciones en trámite de audiencia

Requisitos

Haber recibido una notificación de trámite de audiencia o resolución provisional

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles desde la notificación del requerimiento de enmienda

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ayudas Ocms y Ajudas del Estado

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176551 - Fax: 971176871

(miquel.rossello@fogaiba.caib.es)

X

Desestimación de la solicitud

Requisitos

Haber presentado solicitud de ayuda en este convocatoria

Documentación a presentar

Plazo máximo

Hasta la notificación de la resolución

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ayudas Ocms y Ajudas del Estado

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176551 - Fax: 971176871

(miquel.rossello@fogaiba.caib.es)

Información sobre protección de datos

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De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)

Finalidad

Incorporar los datos personales necesarios a nuestros sistemas de información para tramitar la ayuda solicitada de acuerdo con la convocatoria

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

Se cederán los datos a cualquier organismo autonomic, estatal y/o europeo que de acuerdo con la normativa de aplicación hagui de ser destinatario de la información de los datos personales tratados pelo FOGAIBA en cualquier de los ámbitos directamente relacionados con la gestión de las subvenciones

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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