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Pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir determinadas plazas de la categoría de policía de los municipios de Menorca 2026

La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo unificado para proveer, como personal funcionario de carrera, 9 plazas de la categoría de policía, por el sistema de turno libre y procedimiento de selección de oposición. Estas plazas corresponden a la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, grupo C, subgrupo C1 de varios municipios de Menorca que han delegado la competencia a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Código SIA

3254257

Personas destinatarias

Las personas interesadas que quieran participar en esta convocatoria tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante el proceso selectivo, los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años cumplidos.

c) Poseer el título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Así mismo, se estará de acuerdo a lo que dispone la Orden EDU /1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la cual se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante la Orden EDU /520/2011, de 7 de marzo.

En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se tiene que presentar la homologación correspondiente del ministerio competente en materia de educación y formación profesional, o de una universidad española.

La titulación se tiene que acreditar mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica correspondiente. Esta misma autoridad puede declarar también la equivalencia de títulos.

d) No sufrir ninguna dolencia o defecto físico o psicofísico que impida o mengüe el desarrollo correcto de las funciones, en relación con el cuadro de las exclusiones que se determinan en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo.

e) No haber sido separado/separada del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.

g) Disponer de los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor.

h) No estar sometido a ninguna causa de incapacidad específica de acuerdo con la normativa vigente.

y) Comprometerse a portar armas y, si procede, a utilizarlas, mediante una declaración jurada expresa.

j) Acreditar el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana. Los certificados se tienen que acreditar mediante el certificado oficial correspondiente de entre los siguientes:

— Certificado expedido por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares (Dirección General de Política Lingüística).

— Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

— Certificado homologado por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares, de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.

— Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB n.º 34, de 12 de marzo de 2013).

Si la persona interesada alega el requisito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, el requisito se entiende cumplido a pesar de que la homologación se obtenga con posterioridad a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, siempre que el requisito se haya alegado y los conocimientos que se homologan se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación tendrá que aportarse con carácter previo al nombramiento.

También se entiende acreditado el requisito o el mérito, según se proceda, si las persones aspirantes constan en la lista provisional de aptas de las últimas pruebas de lengua catalana, y alegan que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.

k) Haber abonado la tasa por derechos de examen.

l) Firmar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación que figura en el trámite telemático de inscripción en este proceso selectivo.

Se entiende que la declaración responsable está firmada cuando se presente y finalice el proceso de inscripción.

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no significa que se acepte que se cumplen los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Si de la documentación que se tiene que presentar en el plazo de cinco días hábiles, fijado en la base 7.9, una vez superado el proceso selectivo en el plazo, se desprende que la persona interesada no cumple alguno de los requisitos, se perderán todos los derechos que se puedan derivar de la participación.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Documentos relacionados con el procedimiento

  • BOIB Convocatoria Procés Unificat 2026
    Resolució de la consellera de Presidència, Coordinació de l'Acció de Govern i Cooperació Local per

    la qual s'aproven pel procediment d'urgència la convocatòria, les bases, els temaris, els exercicis i es

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    categoria de policia dels municipis d'Alaró, Búger, Calvià, Ciutadella, Felanitx, Formentera,

    Manacor, Maó, Palma, Sant Antoni de Portmany, Sant Llorenç des Cardassar, Sineu i Son Servera

Trámites

X

Presentación solicitudes

Requisitos

Para tener la condición de aspirante y ser admitido en este proceso selectivo, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de acabado del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo (incluida la fase de prácticas), los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años cumplidos.

c) Poseer el título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Así mismo, la Orden EDU /1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la cual se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones expedidas al extranjero, se tiene que presentar la homologación correspondiente del ministerio competente en materia de educación y formación profesional, o de una universidad española.

La titulación se tiene que acreditar mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica correspondiente. Esta misma autoridad puede declarar también la equivalencia de títulos.

d) No sufrir ninguna dolencia o defecto físico o psicofísico que impida o mengüe el desarrollo correcto de las funciones, en relación con el cuadro de las exclusiones que se determinan en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo.

e) No haber sido separado/separada del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.

g) Disponer de los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor.

h) No estar sotmès a cap causa d'incapacitat específica d'acord amb la normativa vigent.

y) Comprometerse a traer armas y, si procede, a utilizarlas, mediante una declaración jurada exprés.

j) Acreditar el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana.

Els certificats s'han d'acreditar mitjançant el certificat oficial corresponent d'entre els següents:

— Certificado expedido por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares (Dirección General de Política Lingüística).

— Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública .

— Certificado homologado por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares , de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.

— Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB n.º 34, de 12 de marzo de 2013).

Si la persona interesada alega el requisito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, el requisito se entiende cumplido a pesar de la homologación se obtenga con posterioridad a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, siempre que el requisito se haya alegado y los conocimientos que se homologan se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación tendrá que aportarse con carácter previo al nombramiento.

También se entiende acreditado el requisito o el mérito, según se proceda, si las persones aspirantes constan en la lista provisional de aptas de las últimas pruebas de lengua catalana, y alegan que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.

k) Haber abonado la tasa por derechos de examen.

l) Firmar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación que figura en el trámite telemático de inscripción en este proceso selectivo.

Se entiende que la declaración responsable está firmada cuando se presente y finalice el proceso de inscripción.

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no significa que se acepta que se cumplen los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Si de la documentación que se tiene que presentar en el plazo de cinco días hábiles, fijado en la base 7.9, una vez superado el proceso selectivo en el plazo, se desprende que la persona interesada no cumple alguno de los requisitos, se perderán todos los derechos que se puedan derivar de la participación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Veinte días hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en Boletín Oficial del Estado (BOE)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Formació de Seguredad y Emergencias

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Formació de Seguredad y Emergencias

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177622 - Fax: 971177619

(formaciopolicial@ebap.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros sacado de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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