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Línea de ayuda a la microempresa, pequeña y mediana empresa industrial de las Islas Baleares para cubrir los gastos financieros (Ibavals indústria 2026-27)

Línea de ayuda para los años 2026 y 2027 para la microempresa, pequeña y mediana empresa de carácter industrial de las Illes Balears para cubrir los gastos financieros de operaciones de financiación de inversiones productivas avaladas por una sociedad de garantía recíproca.

Código SIA

3306523

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes domiciliadas o que lleven a cabo un proyecto de inversión para la mejora de los procesos productivos o de producto en las Illes Balears, que cumplan los requisitos de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) que desarrollen una actividad industrial de alguno de los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, así como las que estén incluidas en el grupo 162 del IAE e inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro integrado industrial de la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía.

También podrán ser beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B del registro integrado industrial correspondiente a las empresas de servicios relativos a la actividad industrial.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes será de seis meses a contar desde el día que el interesado registra su solicitud.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de la ayuda

Requisitos

- Ser considerada una pyme de acuerdo con el anexo 1 del Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.

- Disponer necesariamente de un aval financiero concedido por una sociedad de garantía recíproca.

- Tener el centro de trabajo, la sede fiscal y su actividad principal en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

- Las exigencias impuestas por la normativa en materia de seguridad industrial y minera, y cualquier otra que sea de aplicación.

- En caso de que el solicitante de la subvención sea una persona física deberá estar inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente.

- Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los puntos noveno y décimo de esta convocatoria

Documentación a presentar

1r. Es imprescindible tener un aval con ISBA S.G.R para poder acceder a la subvención.

2n. Rellenar el Modelo de solicitud y subir toda la documentación obligatoria.

3er. Recibiréis un PDF al correo electrónico especificado en la solicitud. El representante de la empresa debe firmarlo electrónicamente.

4r. Registrar el PDF firmado a través del botón que aparece más abajo "acceso al trámite telemático".

Documentos a presentar:

- Solicitud firmada

- Descripción de la empresa y su actividad

- Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios

- Certificado del IAE actualizado

- Certificado de la sociedad de garantía recíproca que avale la operación financiera.

- El contrato de la operación financiera

- El contrato de aval de la operación financiera

- Para ayudas superiores a 30.000 euros, aportar el certificado que establece el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003

Si el solicitante es persona física:

- Certificado de estar en el régimen especial de trabajadores autónomos o equivalente

Si el solicitante es persona jurídica:

- Escritura pública y estatutos

- Documento fehaciente que acredite la representación de la persona que actúa en nombre de la entidad solicitante

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 1 de octubre de 2027 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Contacto

Servicio o Sección responsable

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176161

(pjordi@adrbalears.caib.es)

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Haber recibido un requerimiento de subsanación.

Documentación a presentar

Presentar la documentación requerida

Plazo máximo

El plazo máximo para presentar la documentación es de 10 días, en base al artículo 68 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

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Mejora o modificación voluntaria de la solicitud de la ayuda o la solicitud de pago

Requisitos

Haber presentado una solicitud de subvención o de pago para este procedimiento de ayudas.

Documentación a presentar

Presentar la documentación que se considere necesaria para mejorar o modificar la solicitud de la ayuda o la solicitud de pago.

Plazo máximo

Hasta la fecha de finalización del trámite de solicitud o la fecha máxima de justificación.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

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Desistimiento de la solicitud

Requisitos

Haber solicitado una subvención en este procedimiento (Ibavals industria).

Documentación a presentar

Plazo máximo

En cuaquier momento que esté abierta esta convocatoria.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

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Solicitud de autorización de una modificación

Requisitos

Haber recibido una resolución de concesión de esta ayuda.

Documentación a presentar

Documento firmado por el/la representante explicando la modificación que solicita.

Plazo máximo

Se puede solicitar a lo largo del procedimiento.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

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Alegaciones a la propuesta de resolución provisional

Requisitos

Haber recibido una propuesta de resolución provisional de la ayuda de cheques de consultoría.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles contadores desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución provisional.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

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Solicitud de pago y justificación de la ayuda

Requisitos

Las persones o entidades beneficiarias deben justificar la aplicación de los fondos a la inversión.

Documentación a presentar

Subir, con la ayuda de la sociedad de garantía recíproca (ISBA SGR), toda la documentación necesaria para la justificación. Firmar electrónicamente el pdf resultante, y, registrarlo a través del botón que aparece más abajo "acceso al trámite telemático".

Plazo máximo

El beneficiario tendrá nueve meses desde la resolución de la concesión de la ayuda para efectuar la justificación ante el órgano instructor. En todo caso, la fecha máxima de justificación es el día 15 de noviembre de 2027.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Contacto

Servicio o Sección responsable

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176161

(pjordi@adrbalears.caib.es)

X

cancelación anticipada

Requisitos

tener concedida una subvención en este procedimiento (ayudas a la microempresa, pequeña y mediana empresa de carácter industrial de las Illes Balears que tengan aprobadas operaciones financieras avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca, para cubrir los gastos financieros de operaciones de financiación de inversiones productivas).

Documentación a presentar

Plazo máximo

Hasta la finalización del aval concedido por ISBA SGR

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Contacto

Servicio o Sección responsable

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176161

(pjordi@adrbalears.caib.es)

Información sobre protección de datos

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De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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