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Ayudas destinadas a las entidades de voluntariado de las Islas Baleares para atender los gastos de seguros de su personal voluntario correspondientes al año 2022

Convocatoria de subvenciones destinada a las entidades de voluntariado de las Islas Baleares para atender los gastos que suponen el seguro de responsabilidad civil a terceros y el seguro de accidentes que las entidades de voluntariado deben contratar para cubrir los riesgos a los cuales están expuestas las personas voluntarias en la realización de su acción de voluntariado, con el objetivo de impulsar el trabajo de las entidades de voluntariado ya constituidas e incentivar la creación de nuevas entidades.

Código SIA

3004395

Personas destinatarias

Entidades privadas sin ánimo de lucro que llevan a cabo actividades de interés general y que cumplen los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituidas en los registros correspondientes de acuerdo con la normativa establecida.

b) Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener .

c) Desarrollar todas las actuaciones, o una parte de estas, mediante programas de voluntariado en el territorio de las Islas Baleares.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución de la convocatoria publicada al BOIB
    Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se convocan ayudas destinadas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para atender los gastos de seguros de su personal voluntario correspondientes al año 2022

Trámites

X

Solicitud de la ayuda

Requisitos

Pueden optar a las ayudas de esta convocatoria las entidades privadas sin ánimo de lucro que llevan a cabo actividades de interés general y que cumplen los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituidas en los registros correspondientes de acuerdo con la normativa establecida.

b) Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener .

c) Desarrollar todas las actuaciones, o una parte de estas, mediante programas de voluntariado en el territorio de las Illes Balears.

Documentación a presentar

1. Los solicitantes tienen que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:

a) Copia del NIF de la entidad.

b) Copia del documento de constitución de la entidad y de los estatutos sociales debidamente registrados en el registro correspondiente, o bien un certificado de inscripción registral de estos documentos. En el caso de entidades de ámbito estatal, copia del certificado acreditativo de la inscripción en un registro de ámbito estatal y de la inscripción de la delegación en las Illes Balears.

c) Anexo 2, relativo a los datos complementarios de la solicitud. En el supuesto de que la persona interesada no autorice el órgano instructor para obtener de oficio la información relativa a las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, o se oponga a la consulta de datos a la hacienda autonómica y la seguridad social, tiene que aportar el certificado de estar al cabo de la calle de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

d) Anexo 3 relativo a la declaración responsable de la persona representando de la entidad solicitante que certifique los aspectos siguientes:

1.º La entidad cumple los requisitos para ser beneficiaria de acuerdo con el que establece el apartado segundo de esta convocatoria.

2.º La entidad no ha pedido ninguna subvención a ninguna otra consejería del Gobierno de las Illes Balears o a ninguna otra administración pública o entidad privada para atender los gastos objeto de esta convocatoria.

3.º La entidad no se ha visto afectada por ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4t. La entidad se compromete a comunicar por escrito a la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado cualquier variación en esta declaración en un plazo inferior a quince días a partir de la fecha en que se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 citado, como causa de prohibición para ser beneficiario.

5.º La entidad solicitante se somete al cumplimiento de las obligaciones establecidas por el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

6.º La entidad no ha sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, y no ha sido sancionada o condenada por una resolución administrativa firme con una pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo que estipula el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuals e intersexuals y para erradicar la LGTBI-fobia.

7.º La entidad cumple las obligaciones establecidas en el artículo 15.2 de la Ley 11/2019, salvo la indicada en la letra m) relativa a su inscripción en el CEVIB, si es el caso.

8.º La entidad indica el número de personas voluntarias aseguradas durante el año 2022 por cada una de las pólizas para las cuales se solicita subvención.

9.º La entidad conoce y acepta las bases de esta convocatoria de ayudas.

e) Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados.

f) Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil y/o del seguro de accidentes. En caso de que se hayan contratado diferentes pólizas, hay que presentarlas las dos.

g) Justificante de pago de la póliza de seguro de responsabilidad civil y/o de seguro de accidentes del personal voluntario correspondientes en 2022, mediante extracto o certificado bancario que tiene que contener el número de póliza y el periodo de vigencia correspondiente al pago.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

15 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido el requerimiento de enmienda

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días a contar del día siguiente de la recepción del escrito de subsanación de la solicitud (notificación)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Alegaciones a la propuesta de resolución provisional

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido la propuesta de resolución provisional relativa a la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para hacer frente a los gastos de seguros de responsabilidad civil y seguros de accidentes.

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la propuesta de resolución provisional.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Aceptación de la ayuda concedida

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido la propuesta de resolución definitiva relativa a la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las Illes Balears para hacer frente a los gastos de seguros de responsabilidad civil y seguros de accidentes.

Documentación a presentar

Plazo máximo

7 días naturales a contar del día siguiente de la recepción de la notificación de la propuesta de resolución definitiva.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(voluntariat@dgptv.caib.es)

X

Renuncia a la ayuda concedida

Requisitos

Ser interesado en el procedimiento y haber recibido la propuesta de resolución definitiva relativa a la concesión de ayudas a las entidades de voluntariado de las IIlles Balears para hacer frente a los gastos de seguros de responsabilidad civil y seguros de accidentes.

Documentación a presentar

Escrito de renuncia a la ayuda concedida

Plazo máximo

7 días naturales a contar del día siguiente de la recepción de la notificación de la propuesta de resolución definitiva.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(voluntariat@dgptv.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Asuntos Sociales

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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