Para proteger las captaciones de agua potable de los pozos de abastecimiento urbano contra la contaminación por acciones antrópicas, se definen unos perímetros de protección al suyo cercando. La determinación de unos perímetros de protección cuidadosos nombre´es es posible mediante mètodes de detalle, en funció de las características hidrogeològiques especímetes del aprovechamiento y del aqüýhacer explotado.
El resultado final de estos estudios de detalle es una figura geométrica más o menos extensa, dentro de la cual se definen, al menos, las áreas siguientes:
La Administración Hidráulica de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 99 del Texto Refundido de la Ley de Aguas de Busot y el artículo 173 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, tiene que llevar a cabo la delimitación hidrogeològica de los perímetros de protección de captaciones (pozos y brolladors) de abastecimiento a población. Mientras se definen estos perímetros, el Plan Hidrológico prevé una delimitación provisional y establece perímetros concéntricos con diferentes radios, en los cuales se establecen limitaciones en cuál cunes actividades.
Podéis consultar estas limitaciones a la normativa del vigente Plan Hidrológico.
Al anexo 6 de la Memoria del Plan Hidrológico vigente, se puede consultar el listado completo de los pozos de abastecimiento destinado a aguas de consumo humano (red urbana, venta en camiones, embotelladores y captación para desalinización) y que, por lo tanto, tienen definido un perímetro de protección.
Zonas protegidas por captación de aguas para consumo humano (Memoria del Plan Hidrológico)