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CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE MAYO 2023: PUBLICACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE MAYO 2023: PUBLICACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Publicación de las listas provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas de lengua catalana de mayo de 2023 

  • Resolución de la directora general por la que se aprueban las relaciones provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas de mayo de 2023
  • Anexo 1. Relación provisional de admitidos
  • Anexo 2. Relación provisional de excluidos
  • Anexo 3. Relación provisional de admitidos con adaptación de las condiciones de la prueba
  • Lista de motivos de exclusión
  • Solicitud de subsanación de la inscripción a las pruebas de lengua catalana 

 

Consulten la lista provisional de admitidos (anexos 1 y 3). Si no figuran en ella, consulten la lista provisional de excluidos (anexo 2) y el motivo de exclusión. Encontrarán todos estos documentos al final de esta página. 

Si no figuran en ninguna lista, consulten el aparado «Personas que no constan en ninguna lista». 

PLAZO PARA SUBSANAR 

Del 25 de abril al 2 de mayo, ambos incluidos. 

 

PROCEDIMIENTO DE SUBSANACIÓN 

Formalización de más de una inscripción 

Tal y como establecen las bases de la convocatoria de pruebas, sólo es posible inscribirse a las pruebas de un solo certificado. Las personas que hayan formalizado más de una inscripción, para subsanar tienen que mandar un mensaje electrónico a la dirección provescatala@dgpoling.caib.es. Tienen que indicar su nombre completo, el DNI o NIE y el nivel en el que quieran quedar inscritas. 

Acreditación de la situación de desempleo 

De acuerdo con el apartado 2.3 de la base tercera de la convocatoria de pruebas, la documentación que hay que presentar para acreditar estar en situación de desempleo es el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo del SOIB. Si de acuerdo con los motivos de exclusión (anexo 3) se tiene que presentar este documento, hay que enviarlo adjunto en un mensaje electrónico a la dirección provescatala@dgpoling.caib.es. Se debe indicar el nombre completo y el DNI o NIE. 

Personas que no constan en ninguna lista 

Las personas que no consten ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos pero realizaron el pago completo dentro del plazo de inscripción (del 23 de marzo al 5 de abril) mediante el trámite telemático deberán presentar la solicitud de subsanación (que hay al final de esta página) y el justificante de pago de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).

Para consultas sobre el justificante de pago, pueden ponerse en contacto con la ATIB en el teléfono 971 22 85 10.

Presentación de la documentación

  • De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado. Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico. El órgano destinatario es la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura (DIR3: A04026906).
  • De manera presencial, en cualquier de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Si quiere presentar la solicitud directamente en la Dirección General de Política Lingüística, la oficina de registro y atención a la ciudadanía está ubicada en la calle de Alfons El Magnànim, 29, 1r piso, puerta 3 (sin cita previa).

Consulten las oficinas de registro 

  • Por correo postal. Tiene que presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

Subsanación del resto de motivos de exclusión

Para subsanar el resto de motivos de exclusión, se tiene que presentar la solicitud de subsanación (que hay al final de esta página) y la documentación correspondiente.

Presentación de la documentación

  • De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado. Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico. El órgano destinatario es la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura (DIR3: A04026906).
  • De manera presencial, en cualquier de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Si quiere presentar la solicitud directamente en la Dirección General de Política Lingüística, la oficina de registro y atención a la ciudadanía está ubicada en la calle de Alfons El Magnànim, 29, 1r piso, puerta 3 (sin cita previa).

Consulten las oficinas de registro 

  • Por correo postal. Tiene que presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

En el supuesto de que la documentación de subsanación se presente en un registro que no sea el de la Dirección General de Política Lingüística, se tiene que enviar una copia de dicha documentación dentro del plazo de subsanación a la dirección electrónica provescatala@dgpoling.caib.es, para tener constancia que se ha realizado el trámite.

 

INCORRECCIONES EN EL NOMBRE

Revisen si su nombre consta escrito correctamente; es decir, si hay el nombre completo y oficial, si el orden de nombre y apellidos es el correcto, si los acentos son los que corresponden, etc. En caso de que haya algún error, comuníquenlo a la dirección electrónica provescatala@dgpoling.caib.es para poderlo corregir.

 

DEVOLUCIÓN DE TASAS

De acuerdo con la base séptima de la convocatoria de pruebas, únicamente se puede solicitar la devolución de la tasa de inscripción cuando no se haya podido formalizar la matrícula por causa imputable a la Administración, en el plazo de diez días hábiles contadores desde el día siguiente al de la publicación de las relaciones definitivas de admitidos y de excluidos (5 de enero). Este plazo se entiende sin perjuicio del que dispone el artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La devolución de la tasa se tiene que solicitar en la Dirección General de Política Lingüística y se tiene que presentar la documentación acreditativa del pago de la tasa.

Consulten el procedimiento de devolución de pagos indebidos en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

Documentación relacionada​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

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