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Convocatoria de ayudas para el fomento y la difusión de la economía social y para el apoyo al asociacionismo de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

Convocatoria de ayudas para el fomento y la difusión de la economía social y para el apoyo al asociacionismo de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

1. Beneficiarios:

Se pueden acoger a las subvenciones que establece esta convocatoria:

- Para el Programa I: Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y otras entidades sin ánimo de lucro de ámbito autonómico.

- Para el Programa II: Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción sin ánimo de lucro .

Los beneficiarios establecidos anteriormente tienen que tener el domicilio fiscal y realizar su actividad principal dentro del territorio de las Islas Baleares, tienen que cumplir el resto de requisitos establecidos a la resolución de la convocatoria y tienen que ajustarse a la definición de PYME recogida en esta.

2. Finalidad: 

Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas para el fomento y la difusión de la economía social y para el apoyo al asociacionismo de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, de acuerdo con los programas siguientes:

A) Programa I: fomento y difusión de la economía social.

B) Programa II: de fomento y consolidación del asociacionismo de cooperativas y sociedades laborales sin ánimo de lucro .

3. Importe:

El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 530.000€, distribuidos de la siguiente forma:

Año 2023: 265.000€

-    Programa I: 55.000€

-    Programa II: 210.000€

 

Año 2024: 265.000€

-    Programa I: 55.000€

-    Programa II: 210.000€

A. Para los gastos del Programa I:

Las ayudas para las acciones subvencionables previstas en este programa son del 100 % de los gastos correspondientes a cada actuación, con un máximo de 25.000 € para el conjunto de todas las acciones subvencionables.

B. Para los gastos del Programa II:

Las ayudas para las acciones subvencionables previstas en este programa son del 100 % de los gastos correspondientes a cada actuación, con un máximo de 70.000 € para el conjunto de todas las acciones subvencionables.

 

4. Actuaciones subvencionables: 

Programa I: Las acciones de las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales y otras entidades sin ánimo de lucro de ámbito autonómico, destinadas a promover y divulgar fórmulas empresariales de economía social y a mejorar el conocimiento sobre este ámbito.

Programa II: Los gastos estructurales de las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales sin ánimo de lucro .

 

Las acciones y los gastos se tienen que llevar a cabo durante el periodo comprendido entre el día 1 de octubre de 2022 y el día 31 de mayo de 2023, ambos incluidos y del 1 de junio de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024.

5. Plazo de presentación de solicitudes: 

5.1. Para el año 2023

El plazo para presentar las solicitudes se inicia 5 días naturales después de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB hasta contar 30 días naturales.

5.2. Para el año 2024

El plazo para presentar las solicitudes es del 1 de junio de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos.  

PARA INICIAR EL TRÁMITE, PULSE AQUÍ

 

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