Portal Transparència

¿Cuáles son tus derechos?

  • Acceder a la información pública de que disponga la Administración. Por ello, el Gobierno de les Illes Balears pone a disposición de los ciudadanos este Portal de Transparencia, para cumplir con sus obligaciones de publicidad activa, y publicar, de manera periódica y actualizada, una información veraz que sirva para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
  • Solicitar la información pública que no encuentre en el Portal de Transparencia, sin tener que motivarlo ni necesidad de alegar un interés legítimo, mediante el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, por el que cualquier ciudadano puede acceder a la información que le interese, mediante solicitud previa, sin más limitaciones que las derivadas de lo que establece la legislación básica estatal. En el ejercicio de este derecho, la persona solicitante de información pública dispone de los derechos siguientes:
    • Recibir el asesoramiento adecuado y en términos comprensibles para el ejercicio del derecho de acceso. Para ello, se puede dirigir a la Unidad de Coordinación de Transparencia de la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado o a cada una de las unidades de transparencia existentes en las diversas consejerías. Aquí encontrará la información para contactar con ellas.
    • Recibir la información solicitada dentro de los plazos máximos establecidos y en la forma o el formato elegidos.
    • Conocer los motivos por los cuales no se le facilita la información solicitada, total o parcialmente, y también, si procede, por los que se otorga el acceso en una modalidad o formato diferente del que ha elegido.
    • Obtener la información solicitada de manera gratuita, sin perjuicio del abono, si procede, de las tasas que correspondan por la expedición de copias y la transposición a formatos diferentes del original.

Igualmente, las personas que pretendan ejercer su derecho de acceso a la información pública están sujetas a las obligaciones siguientes:

    • Llevar a cabo el acceso a la información de forma que la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos no se vea afectada y concretar de la manera más precisa posible la petición.
    • Ejercer el derecho de acceso de acuerdo con los principios de buena fe e interdicción del abuso de derecho.
    • Cumplir las condiciones y los requisitos materiales para el acceso que se hayan señalado en la resolución correspondiente, cuando el acceso se tenga que hacer en una modalidad determinada o presencialmente en un archivo concreto o dependencia pública.
    • Respetar las obligaciones establecidas en la normativa básica para la reutilización de la información obtenida.
    • Abonar las tasas establecidas para la obtención de copias y la transposición de la información a un formato diferente del original.