¿Quién puede presentar una reclamación económico-administrativa?
Estarán legitimados para promover las reclamaciones económico-administrativas:
- Los obligados tributarios y sujetos infractores.
- Cualquier otra persona cuyos intereses resulten afectados por el acto o la actuación tributaria.
No obstante, no estarán legitimados para promover las reclamaciones económico-administrativas:
- Los funcionarios y empleados públicos, excepto en los casos en que inmediata y directamente se vulnere un derecho que en particular les esté reconocido o resulten afectados sus intereses.
- Los particulares, cuando actúen por delegación de la Administración o como agentes o mandatarios de la misma.
- Los denunciantes.
- Los organismos u órganos que hayan dictado el acto impugnado, así como cualquier otra entidad por el hecho de ser destinataria de los fondos gestionados mediante el acto en cuestión.