EL PARQUE NATURAL DE MONDRAGÓ
INFORMACIÓN BÁSICA
Cartografía:
Mapa del parque natural de Mondragó
Folleto general del Parque natural de Mondragó
Descripción general: el Parque Natural de Mondragó está constituido por un mosaico de ambientes diferentes que le confieren una gran diversidad paisajística: los bosques de acebuche y pinar, los campos de cultivo de secano, las savinas litorales, el estanque de agua dulce de s'Amarador y el salobre de ses Fonts de n'Alis, la costa recortada con zonas rocosas y playas de arena. También destaca por su elevado interés etnológico; las casetas de roter, las barracas de curucull, las paredes secas, los varaderos, las torres de defensa, etc.
Superficie: 750,25 hectáreas terrestres.
Situación: está situado en la costa sureste de Mallorca, en las marinas de Llevant, en el término municipal de Santanyí.
Como llegar: Por la carretera Palma-Santanyí (Ma-19).
Desde el pueblo de Santanyí se puede acceder al parque a través de las siguientes vías:
- En el aparcamiento de Ca sa Muda (s'Amarador), a través de la carretera Ma-6102 hacia Cala Figuera y por el camino des Cap de sa Paret.
- En el aparcamiento de ses Fonts de n'Alis, a través de la carretera Ma-19 hacia Santanyí y Portopetro y por la carretera de Cala Mondragó
Equipamientos:
- Centro de información del Parque natural de Mondragó: carretera de Cala Mondragó s/n, Santanyí. Teléfono 971 17 65 02. Horario: abierto todos los días de la semana de 9 a 16 h, excepto el día de Navidad y Fin de Año.
- Oficina de gestión Can Crestall: C/ Can Llaneres, 8 - 07650 Santanyí. Teléfono 971 17 60 65. Fax. -. Horario: de lunes a viernes de las 8 a las 15 h.
- Dos áreas recreativas
Itinerarios: Se posible realizar los siguientes itinerarios autoguiados:
- Itinerario del mirador de sa Font de n'Alis
- Itinerario de la vuelta a sa Guàrdia d'en Garrot
- Itinerario de sa punta de ses Gatoves
- Itinerario de s'Amarador
- Itinerario s'Hort d'en Metge
Accesibilidad: el centro de información del Parque situado en la carretera de Cala Mondragó es accesible a personas con movilidad reducida.
PLANIFICACIÓN
Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN): Decreto 10/2022, de 4 de abril, por el cual se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó Decreto 10-22 PORN Mondragó.
Norma de creación: Decreto 85/1992, de 18 de noviembre por el cual se crea el Parque natural de Mondragó. BOCAIB nº. 146 de 3 de diciembre de 1992. Decreto 85/1992 declaración Modificado por el Decreto 39/2002, de 15 de marzo. (BOIB nº. 35 de 21 de marzo de 2002) Decreto 39/2002.
Anuncio del inicio del trámite de información pública en el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó. BOIB nº148 de 27 de agosto de 2020 Anuncio inicio PORN Mondragó.
Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN): Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 10 de septiembre de 1992, por el cual se aprueba definitivamente el PORN de Mondragó (BOCAIB nº. 120 de 3 de octubre de 1992). PORN PN Mondragó.
GESTIÓN
Planes anuales:
Memorias de gestión:
Memoria de gestión 2021 PN Mondragó
Memoria de gestión 2020 PN Mondragó
Memoria de gestión 2019 PN Mondragó
Memoria de gestión 2018 PN Mondragó
Memoria de gestión 2017 PN Mondragó
Memoria de gestión 2016 PN Mondragó
Memoria de gestión 2015 PN Mondragó
Memoria de gestión 2014 PN Mondragó
Memoria de gestión 2013 PN Mondragó
Memoria de gestión 2012 PN Mondragó
Memoria de gestión 2010 PN Mondragó
Memoria de gestión 2009 PN Mondragó
Memoria de gestión 2008 PN Mondragó
OFERTA EDUCATIVA
Consulta la oferta educativa del parque natural de Mondragó.
VISITAS GUIADAS
Se realizan visitas guiadas para el público general de lunes a sábado. Hay que reservar con antelación en el centro de información del Parque. Teléfono: 971 17 65 02.
También podéis consultar la agenda de actividades del parque natural de Mondragó.
¿QUÉ PUEDES HACER?
Usos y actividades permitidas:
- Circular a pie por caminos y senderos existentes. Los itinerarios del Parque sólo están habilitados para senderismo.
- La observación de la fauna y la flora.
- La realización de fotografías no profesionales sin salir de los itinerarios.
Usos y actividades que requieren autorización escrita:
- La circulación a pie de grupos organizados de más de 60 personas o con fines lucrativos.
- La circulación de caballos u otros equinos, así como bicicletas o similares, de grupos organizados de más de 10 équidos o 20 bicicletas, o cuando tengan fines lucrativos.
- La acampada y el vivac en fincas públicas.
- Las filmaciones, sesiones fotográficas y otros tipos de producciones audiovisuales.
- Las iniciativas de tipo científico.
- La recolección de minerales, estructuras geomorfológicas, restos paleontológicos u otros elementos geológicos singulares por razones científicas.
- El desembarco de transporte privado marítimo que ofrece un servicio público de visitas naturalísticas.
Usos y actividades prohibidas:
- La destrucción y recolección de minerales, estructuras geomorfológicas u otros elementos geológicos singulares.
- La actividad extractiva, dentro de la cual se incluye la extracción de arena, arenisca o de piedra viva.
- Retirar posidonia, excepto si existen acumulaciones masivas después de temporales en cuyo caso se podrá autorizar.
- Mover o trasladar arena de una parte de la playa a otra.
- Transitar sobre las dunas y zonas de recuperación dunar, tanto personas como vehículos a motor, bicicletas y similares, équidos, perros u otros animales de compañía.
- Utilizar las dunas como zonas de descanso.
- La presencia de équidos, perros y otros animales de compañía en las playas, en las zonas dunares y en los estanques.
- Matar, dañar, perturbar, recoger o capturar a la fauna silvestres excepto la actividad cinegética autorizada.
- Recolectar nidos, huevos o crías o alterarlos a reproducción excepto por motivos de investigación debidamente autorizados.
- El uso del fuego en las áreas recreativas, playas así como actuaciones que puedan generar riesgo de incendio.
- Las carreras y cualquier tipo de competición deportiva.
- Escalada, rápel, vuelo con parapente, psicobloque así como cualquier otra modalidad deportiva no permitida ni autorizable.
- Las instalaciones de acampada permanentes.
- La celebración de fiestas y conciertos en las playas y en el medio natural.
- El desembarco de transporte privado marítimo salvo autorizable.
- La circulación de grupos organizados de vehículos todoterreno, quads, motocicletas o similares.
- Las actividades turísticas que puedan acarrear una degradación de la flora y la fauna.
- El vertido de residuos de cualquier tipo tanto en la tierra como en el mar.
- Cualquier acción que provoque un deterioro del patrimonio cultural.
- El estacionamiento de vehículos fuera de las áreas de aparcamiento habilitadas.
- La circulación a caballo fuera de los caminos y pistas asfaltados.
- La navegación en los estanques de los torrentes.
- La pesca marítima deportiva y recreativa y la pesca en los estanques.
- Hacer ruidos que puedan perturbar los valores ambientales y paisajísticos y la fauna.
- El sobrevuelo recreativo o deportivo (con carácter comercial o no) con aeronaves de cualquier tipo de motor, incluidos los denominados ultraligeros, los no tripulados del tipo denominado modelos a escala o aeromodelismo y drones por debajo de una altura de 800 m sobre el nivel del mar.
- Cualquier tipo de actuación que merme las cualidades paisajísticas.
- Circular con vehículos por los tramos señalizados como prohibidos:
1. Desde el aparcamiento de ses Fonts de n'Alis hasta la playa de ses Fonts de n'Alis
2. Desde el aparcamiento de ca sa Muda hasta la playa de s'Amarador
3. Por el camino de Son Paulo o de ses Coves del Rei.
4. Por el camino de s'Amarador