Nombramientos y ceses 2023

Decreto 88/2023 de 24 de noviembre, de nombramiento y cese de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, integrados en el grupo II, como representantes de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears

BOIB 161

Data: 25 de novembre de 2023

Ver la normativa

El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento debe regular su composición, designación de sus miembros, organización y funciones.

En cumplimiento del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears (BOIB núm. 150, de 9 de diciembre), cuyo artículo 1 establece que el CES tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.

El artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, determina que la forma de designación y nombramiento de los miembros del CES será mediante decreto del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, después de haber recibido las propuestas y las designaciones correspondientes.

En fecha de 12 de enero de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 1/2021, de 11 de enero, por el que se nombran los miembros del Consejo Económico y Social (BOIB núm. 5, de 2021), mediante el cual se nombraba a la señora Yolanda Calvo Rodríguez miembro titular de este Consejo en representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de las Illes Balears.

No obstante lo anterior, la organización antes citada ha propuesto una modificación de sus representantes en este Consejo.

De acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 10/2000, mencionado con anterioridad, corresponde al Consejo de Gobierno de las Illes Balears el nombramiento de los nuevos representantes del Consejo Económico y Social, de acuerdo con la designación y propuesta previa efectuada por las citadas organizaciones.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 24 de noviembre de 2023,

Decreto

Primero. Dejar sin efectos el nombramiento efectuado a favor de la señora Yolanda Calvo Rodríguez, como miembro titular del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, en la letra a) del apartado segundo del punto primero, del Decreto 1/2021, de 11 de enero, por el que se nombran a los miembros del Consejo Económico y Social.

Segundo. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 10/2000, se nombra a la señora Maria Àngels Aguiló Bosch miembro titular del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, en representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de las Illes Balears.

Tercero. Este Decreto tiene efectos desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Decreto 82/2023 de 13 de octubre, de nombramiento de un miembro en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, integrado en el grup III, como representante del sector de la economía social

BOIB 140

Data: 14 de octubre de 2023

Ver la normativa

El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento debe regular su composición, designación de sus miembros, organización y funciones.

En cumplimiento del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears (BOIB núm. 150, de 9 de diciembre), cuyo artículo 1 establece que el CES tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.

En fecha 11 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 40/2022, de 10 de octubre, de modificación de nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Islas Baleares, integrados en el Grupo III, por el que se nombraba a la señora Malena Riudavets Suàrez consejera titular en este Consejo en representación del sector de la economía social. Sin embargo, en fecha 30 de septiembre de 2023 se publicó el Decreto 81/2023, de 29 de septiembre, de modificación de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, mediante el cual se dejaba sin efectos el nombramiento efectuado a favor de la señora Malena Riudavets Suàrez, como miembro titular del Consejo Económico y Social en representación del sector de la economía social

En este sentido, el sector de la economía social ha propuesto a un nuevo representante en este Consejo.

El artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, determina que la forma de designación y nombramiento de los miembros del grupo III del Consejo Económico y Social será mediante decreto del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, después de haber recibido las propuestas correspondientes y habiendo consultado a las instituciones, entidades y asociaciones de relevancia en cada sector.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 13 de octubre de 2023,

Decreto

Primero. De acuerdo con lo que prevé el artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, se nombra como miembro titular del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, en representación del sector de la economía social, el siguiente:

  • Sr. Joan Manel Mulet Juan

Segundo. Este Decreto tiene efectos desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Decreto 81/2023, de 29 de septiembre, de modificación de miembros en el Consejo Económico y Social de les Illes Balears, integrados en los grupos I y III, como representantes de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares, del sector de la economía social y del Consejo Insular de Formentera

BOIB 134

Fecha: 30 de septiembre de 2023

Ver la normativa

El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento debe regular su composición, designación de sus miembros, organización y funciones.

En cumplimiento del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears (BOIB núm. 150, de 9 de diciembre), cuyo artículo 1 establece que el CES tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.

En fecha de 12 de enero de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 1/2021, de 11 de enero, por el que se nombran a los miembros del Consejo Económico y Social (BOIB núm. 5, de 2021), entre los que figuraban el señor Alejandro Sáenz de San Pedro García y la señora Malena Riudavets Suàrez como miembros suplentes en este Consejo en representación de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares y del sector de la economía social, respectivamente.

En fecha 11 de octubre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, el Decreto 40/2022, de 10 de octubre, de modificación de nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, integrados en el Grupo III, por el que se nombraba a doña Malena Riudavets Suàrez consejera titular en este Consejo en representación del sector de la economía social.

De acuerdo con el artículo 7.a) de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, los miembros del Consejo Económico y Social cesarán en sus funciones por renuncia expresa, aceptada por la Presidencia del Consejo Económico y Social y, en caso de renunciar al presidente o la presidenta, por el Gobierno. Por su parte, el artículo 8 establece que la condición de miembro del Consejo Económico y Social es incompatible con la condición de diputado del Parlamento de las Illes Balears.

En fecha de 20 de junio de 2023, se celebró la sesión constitutiva del Parlamento de las Illes Balears, a la que asistieron el señor Alejandro Sáenz de San Pedro García y la señora Malena Riudavets Suàrez con la condición de diputados autonómicos. Por este motivo, ambos consejeros presentaron la renuncia a su condición de miembros de este Consejo, que, dada su situación de incompatibilidad, ha aceptado al presidente del Consejo Económico y Social. En este caso, el cese debe acordarse por decreto del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 de la Ley del CES.

Por otra parte, en fecha de 14 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 49/2021, de 13 de diciembre, por el que se nombran miembros del Consejo Económico y Social (BOIB núm. 171, de 2021), entre los que figuraban el señor Josep Antoni Mayans Mesquida y el señor Miquel Juan Ferrer como miembros titular y suplente respectivamente de este Consejo, en representación del Consejo Insular de Formentera.

Sin embargo, el Consejo Insular de Formentera ha propuesto al Consejo Económico y Social una modificación de sus representantes en este Consejo.

El artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, determina que la forma de designación y nombramiento de los miembros del CES será mediante decreto del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, después de haber recibido las propuestas y las designaciones correspondientes.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 29 de septiembre de 2023,

Decreto

Primero. Dejar sin efectos el nombramiento, como miembro titular del Consejo Económico y Social en representación del sector de la economía social, efectuado a favor de la señora Malena Riudavets Suàrez, en el punto segundo del Decreto 40/2022, de 10 de octubre, de modificación del nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears.

Segundo. Dejar sin efectos el nombramiento, como miembro suplente del Consejo Económico y Social en representación de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares, efectuado a favor del señor Alejandro Sáenz de San Pedro García, en el punto primero del Decreto 1/2021, de 11 de enero, por el que se nombran a los miembros del Consejo Económico y Social.

Tercero. Dejar sin efectos los nombramientos, como miembros titular y suplente respectivamente del Consejo Económico y Social en representación del Consejo Insular de Formentera, efectuados a favor del señor Josep Antoni Mayans Mesquida y del señor Miquel Juan Ferrer, en el punto sexto del Decreto 49/ 2021, de 13 de diciembre, de nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears.

Quart. De acuerdo con lo que prevé el artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, se nombran miembros del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, en representación del Consejo Insular de Formentera, los siguientes:

  • Titular: Sr. Juan Manuel Costa Escanellas
  • Suplente: Sr. Giuseppe Affallo Segura

Cinquè. Este Decreto tiene efectos desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.