Solicitud de autorización de prórroga de los expedientes de regulación temporal de ocupación vinculados a la crisis pandèmica
El artículo 1 del Real decreto ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección de la ocupación, la recuperación económica y el mejoramiento del mercado de trabajo establece, en su primer punto, que la prórroga de los expedientes de regulación temporal de ocupación vigentes a 30 de septiembre de 2021 se autorizará , previa presentación, por parte de la empresa o entidad titular, de una solicitud ante la autoridad laboral que autorizó o tramitó el expediente de regulación temporal de ocupación.
Juntament amb la sol·licitud de pròrroga haurà d'adjuntar-se, de conformitat amb el que s'estableix en el segon punt del referit article, una relació de les hores o dies de treball suspesos o reduïts durant els mesos de juliol, agost i setembre de 2021 de cadascuna de les persones treballadores, degudament identificades en relació amb cadascun dels centres de treball.
En el caso de los expedientes ETOP-COVID del artículo artículo 23 del Real decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, se adjuntará, además, informe de la representación de las personas trabajadoras con la cual se negoció aquel.
El termini previst per a la presentació de la citada sol·licitud de pròrroga és del dia 1 al 15 d'octubre.
De no presentarse la solicitud acompañada de esta documentación dentro del plazo establecido, el expediente de regulación temporal de ocupación se dará por finalizado y no será aplicable desde el 1 de noviembre de 2021.
En caso de resolución favorable ,se prorrogará el expediente hasta el 28 de febrero de 2022.
Código SIA
2451359
Personas destinatarias
Empresas y su personal
Plazo máximo para la resolución y notificación
10 días hábiles
Silencio administrativo
Positivo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral