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Subvenciones para apoyar la proyección exterior de las artes visuales de las Illes Balears para el año 2023

Esta convocatoria tiene por objeto facilitar la movilidad de los profesionales del ámbito de las artes visuales de las Illes Balears y contribuir a la proyección exterior de las artes visuales de las Illes Balears a través de actividades de promoción de carácter profesional correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre del año 2023, con el fin de fomentar el intercambio y la relación cultural entre las islas y entre las Illes Balears y el exterior.

Código SIA

2984775

Personas destinatarias

Son beneficiarios de las subvenciones:

a) Para la línea de apoyo a la movilidad de artistas y agentes culturales del ámbito de las artes visuales de las Illes Balears (punto 1.2.a), son beneficiarias las personas físicas y jurídicas del ámbito de las artes visuales que produzcan y organicen proyectos de exposición y actividades artísticas relacionados con creadores de las Illes Balears y desarrollan actividades de carácter profesional en el sector de las artes visuales.

b) Para la línea de apoyo a actividades de proyección exterior del ámbito de las artes visuales (punto 1.2.b), son beneficiarios las personas físicas y jurídicas del ámbito de las artes visuales que produzcan y organicen proyectos de exposición y actividades artísticas de carácter profesional en el sector de las artes visuales. Los beneficiarios pueden tener la residencia fiscal tanto dentro como fuera de las Illes Balears. Las empresas y organizaciones de fuera de las Illes Balears han de producir y organizar proyectos de exposición y actividades artísticas relacionados con creadores de las Illes Balears.

Los beneficiarios tienen que ser personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomos en epígrafes relacionados con las artes visuales o personas jurídicas cuyo objeto social sea el desarrollo de actividades de carácter profesional en el sector de las artes visuales.

Cuando los beneficiarios sean las sociedades públicas y las entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la que la participación de estos entes sea mayoritaria, estas tienen que asumir un mínimo del 50 % de los gastos de la contratación de servicios y suministros del coste total del proyecto.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a partir de la fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Todas las personas físicas o jurídicas que soliciten estas ayudas tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas implica la autorización para que el IEB compruebe de oficio que la persona o la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación expresa del consentimiento. En este caso, la persona o la entidad solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.

b) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos establecidos en los apartados 6, 7 y 8 de esta convocatoria.

c) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

d) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.

e) Presentar un certificado, en su caso, de que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta este certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar.

f) Presentar una solicitud por proyecto. En caso de presentación de una nueva solicitud, se tiene que desistir expresamente de la anterior; en caso de no hacerlo, solo se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada. En caso de desistimiento expreso, la fecha en el orden de prelación de los expedientes será la de la nueva solicitud registrada o la fecha de registro de desistimiento en caso de que este sea posterior a la segunda solicitud.

Los requisitos para presentar una solicitud de subvención son los siguientes:

Los espacios de acogida de las actividades tienen que ser espacios de difusión de arte visual, con una programación anual estable de exposiciones y actividades culturales del ámbito de las artes visuales.

Los artistas tienen que haber hecho al menos una exposición individual en su trayectoria profesional o haber participado en al menos tres exposiciones colectivas de artes visuales en espacios de difusión de arte contemporáneo.

Los agentes culturales tienen que haber organizado o promovido al menos tres proyectos culturales de artes visuales en espacios de difusión de arte visual.

Solo pueden pedir subvención los agentes culturales que sean los titulares o promotores directos de la actividad.

En proyectos y/o exposiciones colectivos solo se puede solicitar subvención para los gastos asociados a la participación del artista balear.

Documentación a presentar

El documento original de la solicitud se tiene que presentar por medio del modelo normalizado (anexo 2), debidamente rellenado y firmado, y tiene que ir acompañado de la siguiente documentación:

a) La documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica:

a.1) Persona física:

— La acreditación de la identidad: copia del DNI, pasaporte o NIE.

— Si procede, un documento acreditativo del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y de la vigencia de esta alta en el momento de hacer la solicitud.

a.2) Persona jurídica:

— Una copia del NIF de la persona jurídica y una copia del DNI, pasaporte o NIE de la persona física que la representa.

— El documento constitutivo de la persona jurídica.

— Los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro.

— Un documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, el cual tiene que estar vigente en el momento de presentar la solicitud.

b) Una declaración responsable por medio del modelo normalizado (anexo 3), en que el solicitante manifieste los siguientes puntos:

— Que cumple las obligaciones que establece el artículo 11 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, así como las que establece esta convocatoria.

— Que aporta la documentación adjunta a la solicitud, verdadera y correcta.

— Que no incurre en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de conformidad con la normativa aplicable.

— Que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica.

— Que cumple la legalidad vigente y aplica criterios de igualdad de oportunidades en cuanto a la contratación de trabajadores.

— Que no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

— Que, en su caso, ha solicitado ayudas y subvenciones a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se le han concedido las ayudas y subvenciones mencionadas.

c) Una memoria descriptiva y detallada del proyecto, obligatoria para las dos líneas. Se debe tener en cuenta que, en el caso de la línea b), la memoria servirá para que la Comisión Evaluadora puntúe el proyecto y que solo se valorará la información incluida en esta memoria.

La memoria ha de incluir la siguiente información:

— La acreditación de los requisitos exigidos en el punto 4.5. de la convocatoria.

— El título, la descripción y los objetivos generales del proyecto.

— La relación de actividades y las fechas en que se llevan a cabo.

— Las rutas y fechas de los viajes, con indicación de las personas que viajan.

— Las trayectorias profesionales de las personas, colectivos, empresas o entidades implicados.

— La descripción del equipamiento que acoge la actividad (trayectoria, programación, histórico de exposiciones, etc.).

— En su caso, la descripción del programa de actividades profesionales, de mediación y/o educativas del espacio de acogida; documentación acreditativa (contrato, carta de invitación) de la actividad de mediación y/o educativa en que participa el artista/comisario/agente cultural dentro del programa profesional.

— En su caso, la descripción de la itinerancia de la exposición y/o actividad artística, acompañada de documentación acreditativa (contratos, cartas de confirmación emitidas por las entidades correspondientes, con información detallada sobre los lugares, fechas y condiciones de participación).

— El programa de actividades de proyección exterior del artista/agente cultural realizado entre los años 2021 y 2022. En el caso de una galería, el programa de participación en ferias nacionales e internacionales entre los años 2021 y 2022. Es preciso aportar documentación acreditativa de estas actividades (enlaces a webs, folletos, etc.)

— En su caso, el plan de patrocinios y financiación, acompañado de documentación acreditativa (concesión de subvenciones, contratos, cartas de confirmación emitidas por las entidades implicadas, con indicación de sus aportaciones y/o participación en forma de ayudas, patrocinios, coproducción, contratación de proveedores, etc.).

— En su caso, la documentación acreditativa de la igualdad de género (hay que especificar y acreditar si se trata de exposiciones/acciones individuales de artistas mujeres, exposiciones/acciones colectivas donde más del 40 % del equipo artístico y técnico son mujeres, comisariados hechos por mujeres).

— En su caso, la documentación acreditativa del retorno social (hay que especificar y acreditar en qué medida se incluyen acciones que están destinadas a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyen a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos).

— En su caso, el plan de comunicación y difusión exterior, con la descripción de los materiales gráficos promocionales y las acciones de comunicación previstas.

d) El presupuesto detallado del proyecto con el pertinente IVA desglosado, siguiendo el m odelo descargable en http://www.iebalearics.org. Es preciso que el presupuesto recoja todas las partidas presupuestarias, con los gastos y los ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación.

e) En el caso de exposiciones, la relación de obras con los detalles técnicos pertinentes y la lista de bultos para la contratación del transporte.

f) La carta de invitación, el acuerdo de colaboración o el contrato del solicitante con el espacio o la entidad que lleva a cabo la actividad. El contrato o la carta de invitación tiene que hacer referencia expresa al título y la naturaleza del proyecto, las personas invitadas, la aportación económica y los servicios que asume el equipamiento o la entidad, y el lugar y la fecha o fechas del acontecimiento.

Más específicamente, en el caso de exposiciones, participación en ferias, festivales, jornadas de formación o residencies, se debe aportar esta documentación acreditativa:

En el caso de exposiciones, es necesario aportar la carta de invitación, el acuerdo de colaboración o el contrato de exposición firmado entre las partes. La carta de invitación, el acuerdo de colaboración o el contrato de exposición debe hacer referencia expresa al título y la naturaleza del proyecto, el lugar y la fecha o fechas del evento; además debe detallar todas las condiciones y los requisitos de participación, especificar las tareas a realizar y los gastos que debe asumir cada parte.

En el caso de ferias, es necesario aportar el contrato firmado entre la feria y la galería o el artista participante. El contrato debe detallar claramente todas las condiciones y los requisitos de participación en la feria y especificar los gastos que debe asumir la galería o el artista.

En el caso de festivales (incluye bienales y manifestaciones artísticas similares), es necesario aportar el contrato firmado entre el festival y el artista o el agente cultural y las bases que regulan la participación en el festival, las cuales deben detallar todas las condiciones y los requisitos de participación y especificar los gastos que debe asumir el artista o agente cultural.

En el caso de jornadas profesionales o de formación, es necesario aportar la carta de invitación o la acreditación de la inscripción y las bases que regulan la asistencia o participación en el evento.

En el caso de residencias, es necesario aportar la carta de invitación o el contrato firmado entre el espacio de residencia y el residente y las bases que regulan la participación en la residencia, las cuales deben detallar todas las condiciones y los requisitos de participación y especificar los gastos que debe asumir el residente.

g) En su caso, el contrato de vinculación del personal técnico de apoyo, con la descripción de las tareas que tienen que desarrollar.

h) En su caso, la documentación que demuestre la vinculación entre la entidad solicitante y las personas que participan en la actividad objeto de la subvención.

i) La acreditación de que la persona o la entidad beneficiaria de la ayuda es titular de la cuenta bancaria facilitada.

j) Para subvenciones de más de 3.000 €, los certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con:

— La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

— La Tesorería General de la Seguridad Social.

— La Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Estos certificados solo se tienen que presentar en el supuesto de que no se haya autorizado al IEB a hacer la consulta telemática (véase la autorización correspondiente dentro del anexo 3).

No obstante, en el caso de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000 €, la persona o la empresa interesada puede sustituir la presentación de estos certificados mediante la presentación de una declaración responsable.

k) La acreditación de que el solicitante está dado de alta de actividad económica en epígrafes relacionados con las artes visuales.

l) En su caso, la solicitud de autorización para realizar gastos con personas o entidades vinculadas (anexo 4).

Modelos:

Plazo máximo

15 de septiembre de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Aportación de documentación (solicitud)

Requisitos

Haber presentado la solicitud para participar en la convocatoria y tener la necesidad de aportar documentación (requerida o que se considere necesaria en la tramitación del procedimiento o para completar los datos de la solicitud; o para responder a un requerimiento para modificar o mejorar voluntariamente la solicitud).

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

31 de diciembre de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

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Justificación

Requisitos

Aparecer como beneficiario en la resolución de concesión de las subvenciones.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

8 de marzo de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Aportació de documentació (justificació)

Requisitos

Haver presentat la documentació de la justificació i ser requerit per esmenar-la.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

10 dies hàbils des de l'endemà del requeriment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento administrativo para otorgar las subvenciones convocadas.

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán los datos a terceros, salvo que haya obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos.

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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