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Convocatoria para proveer un puesto de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el procedimiento de libre designación

El objeto de la convocatoria es proveer, mediante el procedimiento de libre designación, el siguiente puesto de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, vacante y dotado presupuestariamente:

F0103001J, denominado Jefe del Departamento de Coordinación y Apoyo Administrativo/Financiero del EPRTVIB, adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad.

Código SIA

2870745

Personas destinatarias

1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.5 del Decreto 33/1994, citado con anterioridad, todo el personal funcionario de carrera al servicio de la Administración de la CAIB, cualquiera que sea la situación administrativa en la que se encuentren en el momento hábil para hacerlo, excepto la de suspensión firme y no cumplida, podrán participar en los sistemas de provisión de puestos de trabajo que se convoquen, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

2 De acuerdo con el apartado 3 del artículo 81 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la CAIB, el personal funcionario titular de un puesto de trabajo sólo puede participar en esta convocatoria si se ha cumplido al menos dos años desde que tomó posesión, o el tiempo mínimo de permanencia indicado en la convocatoria mediante la cual se le adjudicó con carácter definitivo, en caso de que este periodo de tiempo mínimo sea más largo , ya sea por haber obtenido destino definitivo en un proceso selectivo de ingreso, por el turno libre o por el turno de promoción interna (sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente), o bien a través de la adjudicación de un puesto de trabajo mediante un sistema de provisión ordinario anterior, con las excepciones previstas en el artículo 81.4 de la Ley mencionada.

En el supuesto de que el interesado acredite que el día de toma de posesión del puesto se aplazó por interés del servicio, el plazo debe contar desde el día en que tomaron posesión el resto de adjudicatarios del mismo proceso de provisión o del mismo proceso selectivo de su cuerpo, escala y turno.

3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 81.3 de la Ley 3/2007, el personal que accede a otro cuerpo o a otra escala por promoción interna o por integración y permanece en el puesto de trabajo que ocupaba como titular, se le computará también el tiempo de servicios prestados en este lugar en el cuerpo o la escala de procedencia.

Esta misma regulación se aplicará al personal que accedió a otro cuerpo o en otra escala por promoción interna y optó por la conversión directa de la plaza.

4 Asimismo, el personal que ha sido objeto de un cambio de adscripción de su puesto de trabajo en la forma prevista en el artículo 91 de la Ley 3/2007, se le computará el tiempo de ocupación del puesto antes del cambio de adscripción, desde que obtuvieron la titularidad por un sistema reglamentario de provisión ordinaria.

5 También puede participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de cualquier administración pública, sea cual sea su situación administrativa, salvo la de suspensión firme, respecto del puesto con código A5 del apartado AP del anexo 2, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria.

No podrán participar los funcionarios de carrera que no han cumplido el tiempo mínimo establecido legalmente desde que se les adjudicó con carácter definitivo el puesto de trabajo del que son titulares.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo para resolver la convocatoria es de un mes, a contar desde el día en que finalice el plazo para presentar solicitudes. La consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad, mediante resolución motivada, puede ampliar este plazo hasta otro mes.

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.5 del Decreto 33/1994, citado con anterioridad, todo el personal funcionario de carrera al servicio de la Administración de la CAIB, cualquiera que sea la situación administrativa en la que se encuentren en el momento hábil para hacerlo, excepto la de suspensión firme y no cumplida, podrán participar en los sistemas de provisión de puestos de trabajo que se convoquen, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

2 De acuerdo con el apartado 3 del artículo 81 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la CAIB, el personal funcionario titular de un puesto de trabajo sólo puede participar en esta convocatoria si se ha cumplido al menos dos años desde que tomó posesión, o el tiempo mínimo de permanencia indicado en la convocatoria mediante la cual se le adjudicó con carácter definitivo, en caso de que este periodo de tiempo mínimo sea más largo , ya sea por haber obtenido destino definitivo en un proceso selectivo de ingreso, por el turno libre o por el turno de promoción interna (sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente), o bien a través de la adjudicación de un puesto de trabajo mediante un sistema de provisión ordinario anterior, con las excepciones previstas en el artículo 81.4 de la Ley mencionada.

En el supuesto de que el interesado acredite que el día de toma de posesión del puesto se aplazó por interés del servicio, el plazo debe contar desde el día en que tomaron posesión el resto de adjudicatarios del mismo proceso de provisión o del mismo proceso selectivo de su cuerpo, escala y turno.

3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 81.3 de la Ley 3/2007, el personal que accede a otro cuerpo o a otra escala por promoción interna o por integración y permanece en el puesto de trabajo que ocupaba como titular, se le computará también el tiempo de servicios prestados en este lugar en el cuerpo o la escala de procedencia.

Esta misma regulación se aplicará al personal que accedió a otro cuerpo o en otra escala por promoción interna y optó por la conversión directa de la plaza.

4 Asimismo, el personal que ha sido objeto de un cambio de adscripción de su puesto de trabajo en la forma prevista en el artículo 91 de la Ley 3/2007, se le computará el tiempo de ocupación del puesto antes del cambio de adscripción, desde que obtuvieron la titularidad por un sistema reglamentario de provisión ordinaria.

5 También puede participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de cualquier administración pública, sea cual sea su situación administrativa, salvo la de suspensión firme, respecto del puesto con código A5 del apartado AP del anexo 2, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria.

No podrán participar los funcionarios de carrera que no han cumplido el tiempo mínimo establecido legalmente desde que se les adjudicó con carácter definitivo el puesto de trabajo del que son titulares.

6 Para poder optar a un puesto de trabajo, los interesados deben cumplir los requisitos de los puestos en cuestión, así como los requisitos de titulación u otros requisitos de ocupación que exige la Relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo se detalla en el anexo 2.

7 El cumplimiento de los requisitos que se exigen a los candidatos debe referirse a la fecha en que finalice el plazo para presentar solicitudes.

8 Conocimientos de lengua catalana

8.1 El nivel de conocimientos de lengua catalana del personal funcionario se rige de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de conocimientos de lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y que es el que figura como requisito en la Relación de puestos de trabajo, según el detalle de las características del puesto convocado que se adjunta como anexo 2.

No obstante y según la disposición adicional sexta del mencionado Decreto, el personal funcionario de otras administraciones que participa en un procedimiento de provisión de puestos de trabajo de la Administración autonómica que tengan establecida esta posibilidad en la relación de puestos de trabajo si no puede acreditar el nivel mínimo exigido de conocimientos de lengua catalana correspondiente al puesto de trabajo al que opta, queda obligado a alcanzarlo y a acreditarlo en un plazo de dos años, contados a partir de la fecha de ocupación del puesto de trabajo.

Si el personal mencionado no ha obtenido el nivel correspondiente de catalán una vez transcurrido este plazo, será removido del puesto de trabajo por falta de adecuación a las funciones de éste, mediante un procedimiento contradictorio y oída la junta de personal correspondiente.

9 Puestos de trabajo con complemento de destino de nivel 26 o superior

Dado que el puesto de trabajo de esta convocatoria tiene un complemento de destino de nivel 26 o superior, los candidatos deberán presentar una memoria sobre las funciones del puesto de trabajo, en el que se incluya un plan de trabajo y una descripción de las aportaciones que harían en caso de ocuparlo.

La memoria se deberá presentar de acuerdo con el modelo que se adjunta como anexo 4.

Documentación a presentar

Les persones interessades han d'adjuntar a la sol·licitud la documentació següent:

a) Una declaració que compleix els requisits que s'exigeixen en la convocatòria per a l'exercici del lloc de treball corresponent, d'acord amb el model que s'adjunta com a annex 3.

b) Un currículum en el qual consti el cos o escala a què pertanyen, el grup o subgrup de classificació, les titulacions acadèmiques, l'antiguitat i els llocs de treball ocupats en l'Administració pública i en l'empresa privada, els estudis i els cursos realitzats, els coneixement d'idiomes i qualsevol altre mèrit que es consideri escaient.

c) Una memòria sobre les funcions del lloc de treball, en què s'inclogui un pla de treball i una descripció de les aportacions que farien en cas d'ocupar-lo, d'acord amb el model que s'adjunta com a annex 4.

La documentació acreditativa dels requisits establerts i dels certificats, títols acadèmics o d'altre documentació al·legada al currículum s'haurà d'aportar mitjançant documents originals o còpies.

Això no obstant, la persona interessada no ha d'aportar aquesta documentació si no s'oposa a què l'EBAP comprovi d'ofici mitjançant la plataforma d'intermediació de dades o altres sistemes habilitats a aquest efecte la documentació següent:

- Titulacions acadèmiques oficials.

- Certificats de llengua catalana expedits per l'Escola Balear d'Administració Pública, o expedits o homologats per la conselleria competent en matèria de política lingüística.

- Serveis prestats a l'Administració de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

- Aquella altra documentació que consti en l'expedient de personal de l'Administració de la CAIB.

Modelos:

Plazo máximo

El termini per presentar sol·licituds és de quinze dies hàbils comptadors des de l'endemà que s'hagi publicat la convocatòria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, o bé l'anunci al Butlletí Oficial de l'Estat si és posterior, data que s'informarà en la web de l'EBAP.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Contacto

Servicio o Sección responsable

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177625 - Fax: 971176319

(vservera@ebap.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Finalidad

Los datos serán tratados con la finalidad de llevar a cabo el proceso selectivo para el acceso a la convocatoria de la bolsa extraordinaria por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la posterior adjudicación a las personas seleccionadas

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

— Comisión Técnica de Valoración del proceso — Consejería competente en materia de función pública — Boletín Oficial de las Islas Baleares — Otros participantes en el procedimiento selectivo — Administración de Justicia

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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