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Ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional (traslados,manutención,arbitrajes,licencias y mutualidades)

El objeto de la convocatoria es apoyar a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional durante los años 2021 y 2022.

Código SIA

2609754

Personas destinatarias

A efectos de esta convocatoria se consideran deportes individuales los siguientes:

Atletismo

Bádminton

Billar

Bolos

Ajedrez

Gimnástica

Natación

Pàdel

Petanca

Tenis mesa

Tiro con arco

Y son deportes colectivos:

Básquet

Fútbol

Fútbol americano

Fútbol sala

Balonmano

Hockey línea

Rugby

Voleibol

Waterpolo

Las competiciones de categoría nacional tienen que cumplir las condiciones siguientes:

Tienen que figurar en los calendarios de competiciones oficiales de las federaciones nacionales correspondientes. En el caso específico de deportes colectivos tiene que tratarse de ligas regulares, play-off, copas o ligas internacionales de máxima categoría.

A competiciones de categoría absoluta se considerará un máximo de tres categorías nacionales por modalidad deportiva y sexo, sin contabilizar las competiciones profesionales reconocidas por el CSD (primera y segunda divisiones de fútbol y primera de baloncesto). En el caso de los juveniles de fútbol y fútbol sala sólo se considera la máxima categoría de competición nacional.

Tienen que implicar enfrentamientos con equipos otras comunidades autónomas diferentes en las Islas Baleares.

Temporada 2021-22: Tienen que tener lugar entre el 1 de agosto de 2021 y el 15 de octubre de 2022.

Temporada 2022-23: Tienen que tener lugar entre el 1 de agosto de 2022 y el 15 de octubre de 2023.

Tienen que ser competiciones a las cuales se participio por haber conseguido un acceso mediante pruebas clasificatorias o la participación en otras competiciones que regulen los ascensos o descensos de categoría nacional; por lo tanto, quedan excluidas las competiciones tipos "open", abiertas a cualquier equipo sin necesidad de una clasificación previa.

Participación al play off para el título o play off de ascenso de categoría (o fase de ascenso equivalente sin play off).

Participación a la fase de descenso, sólo en el caso de competiciones que tengan una segunda fase durante la temporada, dividida en una fase de ascenso y otra de descenso, donde participen obligatoriamente la totalidad de los equipos de la primera fase.

Participación a la Copa del Rey o la Reina (o denominación equivalente según la categoría) de las tres categorías previstas en el punto 1.3 de esta convocatoria.

Participación a ligas internacionales: sólo equipos de máxima categoría absoluta, en las cuales el derecho de participación sea consecuencia directa de la clasificación obtenida la temporada anterior a la liga regular, play-off o copa nacional.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de 6 meses desde la finalización del periodo de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Si opta por la presentación telemática, deberá adjuntar el modelo específico correspondiente que consta en el apartado documentación a presentar debidamente cumplimentado y firmado.

Órgano competente para resolver

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Trámites

X

Solicitud traslado, manutención, arbitrajes, licencias y mutualidades

Requisitos

El beneficiario de la ayuda es el encargado de hacer los trámites necesarios para presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, dentro del plazo establecido.

Las solicitudes, según el modelo de impreso normalizado, tienen que ir dirigidas a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

El impreso normalizado de solicitud y los diferentes anexos necesarios para solicitar la subvención se pueden conseguir por Internet, a la página web de la Dirección general de Deportes (http://esports.caib.es).

Las solicitudes se tienen que presentar en los plazos que fija el apartado séptimo de esta Resolución. Las personas interesadas tienen que presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común (REC ), y tienen que adjuntar la solicitud específica del procedimiento que estará disponible en la Seu Electrónica de esta Administración, firmada electrónicamente.

En caso de presentarla de manera presencial, la Administración, conforme a aquello que establece el artículo 68.4 de la Ley 39/2015 los requerirá porque la realicen en la forma indicada anteriormente. A estos efectos, se considera como fecha de presentación de la solicitud aquella en que se haya llevado a cabo la enmienda.

Documentación a presentar

Documentación general que se tiene que aportar:

a) Imprimido de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.

b) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad y fotocopia del DNI de la persona firmando de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en que actúa.

c) Declaración responsable de la entidad que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención en conformidad con la normativa aplicable.

d) En caso de que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos; o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado de declaración responsable se podrá obtener en la sede o a la página web de la Dirección general de Deportes.

e) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud.

f) Certificado de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. Este certificado se adjuntará de oficio por el órgano instructor.

g) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.

h) Declaración responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al artículo 15 de la Orden de Bases y en el punto 16 de esta convocatoria.

y) Declaración responsable de los deportistas, entrenadores, preparadores físicos y fisioterapeutas del equipo. Este documento tiene que incluir como mínimo nombre, apellidos, documento oficial de identificación (DNI), tipo de relación laboral, profesional o de voluntariado con el club deportivo.

j) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.

Documentación que se tiene que aportar por las ayudas relativas a los gastos de inscripción a la competición oficial:

a) Proyecte explicativo de la competición, donde se indiquen:

La documentación prevista en el apartado 14.3 de estas bases.

El calendario federativo de la competición nacional.

Tríptico federativo (o documento análogo certificado por la federación) del equipo que presenta la solicitud. Este documento tiene que incluir como mínimo nombre, apellidos y cargo de los miembros (jugadores y técnicos) con licencia federativa de la plantilla del equipo para el cuál se presenta la solicitud.

Documentación que se tiene que aportar por las ayudas relativas a los traslados a la península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla y manutención de los deportistas y del equipo técnico y entrenamientos.

a) Informe de la actuación del equipo, que tiene que incluir como mínimo:

Nombre, linajes, núm. de licencia federativa, categoría, edad y nacionalidad de los deportistas del equipo.

Relación de partidos o pruebas: fecha, lugar, equipo contrario y resultado.

Para cada desplazamiento:

Aeropuerto/puerto de salida y aeropuerto/puerto de llegada.

Localidad destino.

Fechas de la competición o competiciones (más de un partido) al destino.

Día de salida – Día de vuelta.

b) Un informe económico que tiene que contener los puntos siguientes:

Acreditación o, si no, declaración de la persona o la entidad beneficiaria sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo (Justificación módulos).

Cuantía de la subvención calculada en base a las actividades cuantificadas en el informe de actuación y los módulos previstos en la convocatoria (Justificación módulos).

Acreditación o, si no, declaración de la persona o la entidad beneficiaria sobre los gastos subvencionables que se han efectuado en el periodo compres entre el 1 de agosto de 2021 y el 15 de agosto de 2022 y han sido efectivamente pagadas en el mismo periodo. Se considerará efectivamente pagada el gasto, a efectos de su calificación como subvencionable, si el pago ha sido practicado mediante papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros, cheques bancarios al portador o nominativo, pagaré, letras de cambio o similares, tarjeta de crédito o transferencia bancaria. No tendrá la consideración de gasto efectivamente pagado los pago practicado mediante la compensación de facturas de traslados o manutención con facturas de publicidad o patrocinio.

c) Subvención desplazamientos: se tiene que adjuntar como documento acreditativo de haber realizado la actividad deportiva objete del desplazamiento la copia de las actas de los partidos disputados fuera de la isla de origen del club.

d) Subvención desplazamientos: en caso de que el equipo pase al destino más noches que el máximo de pernoctaciones indicado a la mesa 2 (aeropuertos y puertos de destino), tendrá que justificar las pernoctaciones presentando la documentación correspondiente a una (sólo una) de las siguientes alternativas:

Tarjetas de embarcament.

Billetes electrónicos, con la relación de deportistas y técnicos desplazados.

Factura del hotel, con indicación de la fecha de entrada y salida y el número de personas alojadas.

e) Subvención asistencia a los entrenamientos: se tiene que adjuntar como documento acreditativo de haber realizado la actividad deportiva objete de los entrenamientos oficiales la copia de las actas de todos los partidos disputados (tanto los disputados como local como de visitante).

f) Sólo tendrá la consideración de gasto efectivamente justificado mediante los módulos de desplazamientos y de asistencia los deportistas y técnicos que aparecen al acta del partido o prueba deportiva, y como máximo el número de deportistas y técnicos previsto a la Mesa 1 – PAX Deporte.

g) En el caso de equipos de primera categoría (según la mesa de categorías del punto 1.3), se podrán añadir hasta dos personas más al número indicado a la Mesa 1, siempre que estas no sean deportistas y aparezcan al acta de la competición. Esto sólo será aplicable a gastos de desplazamientos y manutención.

h) En el caso de equipos de segunda categoría (según la mesa de categorías del punto 1.3), se podrá añadir una persona más al número indicado a la Mesa 1, siempre que esta no sea uno/a deportista y aparezca al acta de la competición. Esto sólo será aplicable a gastos de desplazamientos y manutención.

y) Los beneficiarios están dispensados de la obligación de presentar libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil, sin perjuicio de los requerimientos que puedan hacer los órganos administrativos competentes para comprobar y controlar la aplicación de la subvención.

j) Certificado emes por la federación española o liga profesional correspondiendo relativo a las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para gastos de desplazamientos y manutención para equipos deportivos participen en competiciones de categoría nacional.

Documentación que se tiene que aportar por las ayudas relativas a los gastos y tasas a federaciones deportivas de arbitrajes, licencias y mutualidades de los deportistas y técnicos:

Documentación prevista en el apartado 14.4 de estas bases.

Los gastos de mutualidades y licencias de los deportistas y equipo técnico, desglosadas individualmente, indicando nombre y apellidos, cargo, importe de la licencia e importe de la mutualidad, si se tercia.

Los gastos de arbitraje para cada enfrentamiento, agrupadas, o bien indicando las competiciones a las que corresponden.

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes empieza día 2 de enero de 2022 y acaba día 31 de agosto de 2022 (incluido).

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(aamengual@esports.caib.es)

Observaciones

Si opta por la tramitación telemática, recuerde que deberá adjuntar el modelo específico correspondiente que consta arriba debidamente cumplimentado y firmado.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Consentimiento del interesado

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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