21 junio 2024 Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

CONSELL DE GOVERN: El Govern autoriza a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a recurrir la Ley de Amnistía ante el Tribunal Constitucional CConsell de Govern

CONSELL DE GOVERN: El Govern autoriza a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a recurrir la Ley de Amnistía ante el Tribunal Constitucional

La Abogacía expone que el texto “vulnera el principio de separación de poderes" y "es contrario al principio de interdicción de la arbitrariedad

Dice que no tiene cabida en el marco constitucional al vulnerar el principio de igualdad del art. 14 CE y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE

 

El Consell de Govern ha autorizado hoy a la Dirección General de la Abogacía de la Comunidad Autónoma para la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía aprobada el pasado 30 de mayo en el Congreso de los Diputados.

Hay que recordar que el pasado 31 de mayo, solo un día después de su aprobación, el Consell de Govern acordó el encargo a la Abogacía de la Comunidad de estudiar la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional, una vez que se publicara la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicación que tuvo lugar el pasado 11 de junio.

De este modo, el Govern de les Illes Balears da un nuevo paso por la presentación del recurso, que se empezará ahora a redactar para presentarse antes de un plazo de tres meses desde la publicación de la ley de Amnistía al BOE.

Así, la ley "vulnera el principio de separación de poderes", pilar del Estado de Derecho, puesto que "vulnera de manera flagrante la atribución exclusiva a los jueces y tribunales del ejercicio de la potestad jurisdiccional", puesto que "priva de efectos a las sentencias y posibilita que las Cortes Generales puedan suplantar al Poder Judicial en sus funciones y considerar antijurídica la legislación que en su día fue aplicada por los tribunales de justicia, borrando con efecto retroactivo delitos que estaban vigentes cuando el poder judicial los aplicó". Asimismo, remarca que la Ley de amnistía "es contraria a primeros de interdicción de la arbitrariedad garantizado al arte. 9.3 de la Constitución".

La Abogacía de la Comunidad reitera que "la Ley de amnistía no tiene cabida dentro del marco constitucional vigente porque vulnera el principio de igualdad del arte. 14 CE y el artículo 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea". "La Ley de amnistía reconoce un privilegio, - la eliminación de sus responsabilidades penales, administrativas y contables - a unos ciudadanos por el solo hecho de haber realizado las conductas generadoras de esta responsabilidad en una comunidad autónoma determinada", sostiene, al tiempo que señala que "se trata, por lo tanto, de un privilegio del cual no pueden disponer ni pueden aspirar el resto de ciudadanos españoles ni, obviamente, los residentes en las Illes Balears".

Como parte integrante de los poderes del Estado, los poderes públicos de las Illes Balears tienen que velar por el cumplimiento de las prescripciones y del espíritu de la Constitución. Por eso, el Govern de les Illes Balears está legitimado para recorrer aquellas leyes del Estado qué no sean compatibles con los valores expresados en la Constitución.